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Tamaulipas

Congreso aprueba que tiendas de mascotas en Tamaulipas difundan animales en adopción

La reforma obliga a los establecimientos que venden animales de compañía a colaborar con asociaciones protectoras, pero no tendrán que alojar a los ejemplares en sus locales.

Por Lorena Figueredo

24 de sep., 2026 • 09:25

Persona sostiene en sus manos a un perro pequeño durante una jornada de adopción.

Foto: Hoy Victoria - Las noticias de Cd Victoria

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Ciudad Victoria, Tamaulipas.– El Congreso de Tamaulipas aprobó una reforma a la Ley de Protección a los Animales para que los establecimientos dedicados a la venta de animales de compañía colaboren con asociaciones protectoras en la difusión de ejemplares que buscan un hogar. El proyecto fue avalado el 23 de septiembre con 30 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones.

¿Qué tendrán que hacer las tiendas?

El nuevo artículo 31 Bis establece que los establecimientos deberán colaborar con asociaciones protectoras de animales legalmente constituidas para promover la adopción responsable.

La difusión podrá hacerse mediante información visible dentro del establecimiento y a través de los medios digitales o tecnológicos disponibles. La reforma no establece que las tiendas deban convertirse en refugios: expresamente señala que no estarán obligadas a resguardar físicamente a los animales en sus instalaciones.

¿Quién vigilará el cumplimiento?

El texto aprobado señala que las autoridades estatales de bienestar animal serán responsables de supervisar que se cumpla esta disposición y que la actividad comercial se vincule con la protección y el trato digno de los animales.

La reforma se suma a disposiciones que ya existen en Tamaulipas para promover la adopción de animales abandonados. La legislación estatal contempla desde 2023 campañas y eventos de adopción, además de un programa de adopción comunitaria para animales abandonados.

¿Cuándo comenzará a aplicarse?

Aunque el Congreso ya aprobó el decreto, todavía no puede considerarse una obligación vigente únicamente con la aprobación legislativa. El artículo transitorio establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Además, el texto final aprobado no incluye el plazo de 90 días naturales que aparecía en la iniciativa original para que los establecimientos adecuaran sus espacios de difusión. Ese periodo estaba contemplado en el proyecto presentado en febrero, pero no forma parte del transitorio final del dictamen aprobado.